Nuevo requisito: declaración obligatoria para exportación y reexportación
Nuevo requisito: declaración obligatoria para exportación y reexportación
A partir del 1 de abril de 2026, será obligatoria la Declaración de Exportación o Reexportación para toda mercancía que salga de Panamá, según disposiciones de la Autoridad Nacional de Aduanas.
Esta medida aplica tanto para
exportaciones definitivas como para operaciones de
reexportación, es decir, mercancía extranjera que sale del país sin nacionalizarse.
¿Qué implica este cambio?
- Toda salida de mercancía deberá estar respaldada por una declaración formal aduanera.
- Se refuerza el control y la trazabilidad de las operaciones.
- Las empresas deberán gestionar el trámite a través del sistema aduanero.
En pocas palabras: sin declaración, la carga no sale.
Impacto para las empresas
Este nuevo requisito busca mayor control y formalización, pero también implica:
- Más gestión documental.
- Necesidad de adaptación operativa.
- Mayor precisión en los procesos.
¿Qué deben hacer los operadores?
- Verificar su registro como exportadores o reexportadores.
- Asegurar acceso al sistema aduanero.
- Preparar la documentación con anticipación.
Conclusión
Panamá avanza hacia un comercio exterior más controlado y digital. Adaptarse rápido ya no es ventaja… es obligación.
Fuente: https://www.ana.gob.pa/index.php/2026/03/30/entra-en-vigor-nueva-disposicion-para-la-revision-de-regimenes-y-tramites-aduaneros-en-la-zona-libre-de-colon/











